Tratados de Libre Comercio, Acogimiento Posterior a Beneficios Arancelarios y la Acreditación del uso de medios de pago (Decreto Supremo 150-2007-EF)
DOI:
https://doi.org/10.21678/forseti.v14i21.2657Palabras clave:
Medios de pago, aduana, comercio internacional, legislaciónResumen
El Perú, a la fecha, ha firmado más de veintidós acuerdos comerciales internacionales que ofrecen beneficios arancelarios para la importación de bienes. Según el Decreto Supremo 150-2007-EF, para solicitar la devolución de tributos pagados en exceso, los importadores deben -como condición para el trámitecumplir con evidenciar el pago a los proveedores extranjeros por la compra de los bienes, usando los sistemas bancarios y financieros, lo que está generado problemas, especialmente para empresas grandes y formales.
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Publicado
2025-03-03
Cómo citar
Alva Falcón, C., & Fajardo Chang, A. (2025). Tratados de Libre Comercio, Acogimiento Posterior a Beneficios Arancelarios y la Acreditación del uso de medios de pago (Decreto Supremo 150-2007-EF). Forseti. Revista De Derecho, 14(21), 119–137. https://doi.org/10.21678/forseti.v14i21.2657
Número
Sección
Artículos

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