Reformulación del cálculo de las regalías mineras para la mediana y gran minería
DOI:
https://doi.org/10.21678/jb.2013.59Palabras clave:
Regalía mineraResumen
A lo largo del presente artículo se ha analizado e identificado aquellos conceptos técnicos y contables de la Ley de regalía minera que generan ambigüedad e incongruencia para las empresas. Por este motivo, se ha desarrollado una propuesta modificatoria del cálculo de regalía minera en base a dos temas principales: (i) terminología empleada en la Ley y, (ii) establecimiento de la utilidad antes de participaciones y del impuesto a la Renta como base para el cálculo de regalía. Como consecuencia de ello, se estableció como objeto de estudio a todas las empresas minera que pagan regalía; sin embargo, para efectos de la investigación se eligió tres empresas mineras representativas de la mediana y gran minería. Posteriormente se concertaron entrevistas con los gerentes financieros y tributarios de las empresas mencionadas anteriormente así como expertos en el tema de regalía minera; de ello se concluyó que los conceptos de “costo” y “año fiscal correspondiente” mencionados en la Ley generaban ambigüedades, incongruencias y distorsiones contables. Asimismo, las empresas mineras y los expertos coincidieron en que la base vigente para el cálculo de la regalía no es la adecuada para el sector minero puesto que no refleja la situación financiera de las empresas. Por ende, se realizó una propuesta de reformulación de la empleada y una nueva base para el cálculo de la regalía minera basada en el costo de ventas; puesto que, en el costo de ventas se encuentra lo que Kieso y Weygandt (1999) denominaran como “el precio que se paga para obtener el derecho de buscar y encontrar un recursos natural oculto, o el que se paga por una fuente ya descubierta”.
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