Inmunidad de las misiones diplomáticas en la jurisdicción nacional

Autores/as

  • Francisco Távara Córdova
  • Jean Paul Vicente Medina

DOI:

https://doi.org/10.21678/forseti.v13i20.2468

Palabras clave:

Embajada, diplomáticos, tutela jurisdiccional efectiva, inmunidad absoluta, inmunidad relativa, Convención de Viena, relaciones diplomáticas

Resumen

Las regulaciones en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961) y normas nacionales les confieren a las misiones diplomáticas inmunidades frente a la jurisdicción nacional; en razón a su importante y valioso rol en las relaciones internacionales. Sin embargo, de la manera en la que se encuentra positivizado, ampara también las lesiones en relaciones laborales.

Biografía del autor/a

Francisco Távara Córdova

Abogado y Magíster por la Universidad Nacional de Trujillo. Egresado de la Maestría en Derecho Civil y Comercial por la Pontificia Universidad Católica. Egresado del doctorado en Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Egresado de la maestría en Lengua y Literatura en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ex presidente de la Corte Suprema de Justicia 2007-2008 y Jurado Nacional de Elecciones (Noviembre 2012 – Noviembre 2016)

Jean Paul Vicente Medina

Abogado por la Pontificia Universidad Católica. Se especializa en Derecho Procesal Civil, Constitucional y Administrativo. Actualmente, cursando la Maestría de Derecho Procesal en la PUCP.

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Publicado

2024-07-30

Cómo citar

Távara Córdova, F., & Vicente Medina, J. P. (2024). Inmunidad de las misiones diplomáticas en la jurisdicción nacional. Forseti. Revista De Derecho, 13(20), 73–97. https://doi.org/10.21678/forseti.v13i20.2468

Número

Sección

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